Mediante el Decreto Legislativo N° 1555, el Poder Ejecutivo modificó, el 11 de mayo de 2023, el artículo 9 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos (Ley 27332).
Los principales aspectos abordados por la modificación son los siguientes:
• Los organismos reguladores cuentan con Tribunales Administrativos, órganos resolutivos que constituyen última instancia administrativa. Sus resoluciones son de cumplimiento obligatorio y, cuando corresponda, son precedente vinculante.
• Sus miembros son elegidos por concurso público regulado vía Resolución del Consejo Directivo del Organismo Regulador. Son designados mediante Resolución del Consejo Directivo.
• Las normas que rigen el funcionamiento de los Tribunales Administrativos y su número de miembros son determinados por el Consejo Directivo de cada Organismo Regulador, con excepción del número de integrantes del Tribunal de Solución de Controversias, que será de cinco (05).
• Ningún miembro de Tribunales Administrativos podrá ser, a la vez, parte del Consejo Directivo del Organismo Regulador. Únicamente en casos excepcionales, cuando los miembros de tribunales administrativos sean personal del Organismo Regulador, les resultarán aplicables las normas que rijan su modalidad de contratación.