El 29 de noviembre se declaró el Estado de Emergencia Sanitaria, por 90 días calendario, en todo el territorio nacional. Esto debido a la presencia de influenza aviar de alta patogenicidad en aves domésticas o aves de traspatio.
Estarán vigentes las siguientes disposiciones:
1) No se podrá movilizar aves domésticas vivas y productos de riesgo desde zonas consideradas foco, perifoco y vigilancia a influenza aviar de alta patogenicidad, sin autorización del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA).
2) No está permitido trasladar aves domésticas vivas y sus productos de riesgo, dentro del territorio nacional, sin el certificado sanitario emitido por el SENASA.
3) Está prohibido ingresar aves a predios positivos a influenza aviar de alta patogenicidad, visitar predios avícolas cuando el SENASA haya dispuesto una medida sanitaria, y arrojar aves muertas a canales de riego, drenaje o ríos.
4) No se pueden llevar a cabo ferias, exposiciones, eventos gallísticos y demás concentraciones de aves en territorio nacional.
5) No está permitido manipular, sin equipos de protección personal, aves con síntomas o sospecha de influenza aviar de alta patogenicidad.