El Congreso ha dispuesto mediante la modificación del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N° 29571), publicada en El Peruano el 04 de junio de 2023, uniformizar el plazo para la resolución de reclamos realizados a entidades del sistema financiero y de seguros a un máximo de quince días hábiles.
Se permitirá que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) amplíe este plazo cuando la naturaleza y complejidad de la operación lo justifiquen. El consumidor debe ser informado de esto antes de que culmine el plazo inicial.
Estas disposiciones entrarán en vigor a partir de los sesenta días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación en El Peruano. Es decir, desde el 01 de setiembre de 2023.
La SBS deberá emitir la norma complementaria necesaria o adecuar las existentes para la aplicación de esta modificación en un máximo de 30 días calendario desde su publicación.
DIEGO TORRES
Competition and Consumer Protection
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