Mediante la Ley N° 31724, el Congreso de la República redujo el 25% del valor de tramitación ante INDECOPI de los siguientes procedimientos, presentados por las micro y pequeñas empresas (MYPE):
• Registro de Marcas de Productos, Servicios y de Certificación
• Registro de Nombre Comercial
• Registro de Lema Comercial
Así, los nuevos valores de derecho de tramitación de estos procedimientos para las MYPE serán los de la siguiente tabla:
Para que se aplique esta reducción, la MYPE deberá contar con Registro Único de Contribuyente (RUC) activo y habido, y con el certificado de inscripción o de reinscripción vigente en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE).
DIEGO TORRES
Competition and Consumer Protection
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