Nueva Ley de Teletrabajo | 13 de septiembre de 2022‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ‎‎‎‎‎‎‎‎ㅤ

El domingo 11 de septiembre de 2022 se publicó la Nueva Ley de Teletrabajo (Ley 31572), que establece las siguientes novedades:

 

 

Definición

 

La norma considera al «Teletrabajo» como una modalidad de prestación de servicios caracterizada por el uso de las plataformas tecnológicas digitales y en la que el desempeño del trabajador se realiza sin la presencia física en el centro de labores.

 

 

Aplicación del teletrabajo y derecho a la reversión

 

Aplica a aquellas actividades que se adapten a esta modalidad. El empleador y el trabajador se ponen de acuerdo respecto de si el teletrabajo será total o parcial (trabajo híbrido), así como de si será de duración temporal o permanente.

 

 

Excepcionalmente, el empleador, de manera unilateral y por razones sustentadas, puede disponer que el trabajador preste sus servicios a través del teletrabajo o trabajo híbrido.

 

 

Asimismo, el teletrabajo es voluntario y reversible. Es decir, de desearlo, el trabajador podrá pedir su retorno al trabajo presencial. Esto, no obstante, podrá ser aceptado o rechazado por el empleador.

 

 

Lugar de trabajo

 

 

El trabajador tiene la potestad de decidir el o los lugares donde va a teletrabajar, lo cual informará previamente. Si luego cambia de ubicación, debe informarlo con anticipación de 5 días hábiles.

 

 

Provisiones y compensaciones

 

El trabajador de esta modalidad tiene derecho a recibir como condiciones de trabajo tanto equipos como acceso a internet o, en todo caso, la compensación del empleador por la provisión de estos, así como por el consumo de energía eléctrica. Esto no aplica a las MYPES.

 

 

Desconexión digital

 

El trabajador tiene derecho a desconectarse durante las horas que no formen parte de su horario laboral, a fin de poder contar con tiempo libre de descanso y así poder tener equilibrio entre su vida laboral, privada y familiar.

 

 

El empleador debe asegurar que, durante este tiempo, el trabajador no esté obligado a responder comunicaciones ni requerimientos, salvo en situaciones excepcionales.

 

 

Salud y seguridad en el lugar de trabajo

 

 

El empleador se encuentra obligado a identificar peligros, evaluar riesgos e implementar medidas correctivas en el lugar habitual de teletrabajo del trabajador. Para ello, este último deberá brindar facilidades de acceso.

 

 

Adecuación al Sector Privado

 

 

El Sector Privado tendrá un plazo de adecuación de 60 días calendario desde el día siguiente a la publicación del Reglamento de esta Ley. Este deberá publicarse en un máximo de 90 días calendario a partir del 12 de septiembre. Es decir, deberá haber sido publicado, a más tardar, el 11 de diciembre de 2022. Se incorporan una serie de multas ante las infracciones a lo dispuesto en la Ley.

 

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