INDECOPI da razón a empresas prejudicadas por suspensión de la tercerización | 21 de octubre de 2022

El martes 18 de octubre de 2022 se dio a conocer que la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas confirmó la medida cautelar interpuesta contra la aplicación del D. S. N° 001-2022-TR, norma que modifica el Reglamento de la Ley de Tercerización, prohibiendo tercerizar el núcleo del negocio en las empresas.

 

 

INDECOPI estableció que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) se abstendrá de inspeccionar o sancionar a cualquier administrado por conductas relacionadas con el incumplimiento de la restricción de la tercerización sobre actividades que constituyen el núcleo del negocio, hasta que se resuelva el expediente principal.

 

 

Se ha dispuesto que, en caso de incumplimiento de esta medida por parte de SUNAFIL, le acarreará una multa que podrá ser de hasta 20 UIT o S/. 92,000.00.

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