Disposiciones aplicables a las vacaciones en el Año Judicial 2023 | 14 de diciembre de 2022

Las vacaciones para jueces y personal auxiliar del Poder Judicial se harán efectivas entre el 01 de febrero y el 02 de marzo de 2023, por lo que se han dictado las siguientes medidas complementarias para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional:

 

 

• Durante el mes de vacaciones judiciales, funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia que designarán las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo.

 

• Los órganos jurisdiccionales de emergencia atenderán exclusivamente las siguientes materias de aquellos órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones:

 

Civil

 

• Acciones de garantías

 

• Medidas cautelares fuera de proceso

 

Laboral

 

• Consignaciones laborales

 

Familia

 

• Consignaciones de alimentos

 

• Autorización de viajes de menores

 

• Violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar

 

• Tutela de menores en abandono y menores infractores

 

• Otros

 

Penal

 

• Habeas Corpus

 

• Calificación de denuncias con detenidos

 

• Trámites de libertades

 

• Apelación de mandato de detención

 

• Trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones

 

 

Las audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales fijadas en el mes de vacaciones judiciales, asimismo, deberán ser reprogramadas de oficio, de preferencia para el mes de marzo del año 2023.

 

 

Corte Suprema de Justicia de la República

 

 

Una Mesa de Partes recibirá asuntos correspondientes a las materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social. Esta contará con el personal mínimo necesario para el cumplimiento de las funciones encomendadas.

 

 

Cabe mencionar que la Sala Penal Permanente continuará atendiendo los expedientes a su cargo, así como los casos que califiquen como de emergencia que estén a cargo de la Sala Penal Transitoria.

 

 

Cortes Superiores de Justicia de la República

 

 

Los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia establecerán posteriormente las Salas y Juzgados que funcionarán como órganos de emergencia, lo cual se designará por medio de una resolución administrativa.

 

 

Puedes leer la Resolución Administrativa N° 000416-2022-CE-PJ completa aquí.

 

 

 

 

YANET CARRASCO
Arbitrajes y Litigios
yanet.carrasco@arbe.com.pe

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